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INFORMAMOS SOBRE LEY TRANSITORIA PARA LA REGULACIÓN DE MATRICULAS DE EMPRESAS Y REGISTRO DE LOCALES

Le informamos que existe un beneficio temporal para obtener por primera vez matricula de empresa o renovar la matricula de empresa que no se encuentre vigente, así como el registro de sus sucursales, agencias o locales comerciales o industriales ante el Registro de Comercio, con sólo presentar la solicitud correspondiente al año 2017, dentro del plazo que vence el día 31 de Diciembre del presente año, acompañada del pago de derechos de registro correspondientes y del balance del cierre del ejercicio 2016, debidamente auditado por un Contador legalmente autorizado, cuando así lo requiera la ley, en consecuencia, las multas o recargos causados por el incumplimiento de esta obligación y que correspondan a periodos anteriores al año 2017, queda sin efecto durante la vigencia de la mencionada ley.

Les recomendamos verificar la situación de su matricula de empresa y/o registros de sucursales, para hacer las renovaciones que corresponda.